PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Agrégase a la Ley N° 19.973, de 13 de agosto de 2021, el siguiente artículo:
"ARTÍCULO 20 Bis. (Programa Yo Estudio y Trabajo para el Sector
Privado).- Créase el programa Yo Estudio y Trabajo para el Sector
Privado, orientado a generar una primera experiencia laboral a jóvenes
de entre 16 y 20 años, que estén cursando estudios en la educación
formal o no formal.
A tales efectos, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social convocará
anualmente a empresas y jóvenes a participar del mismo, estableciendo
los requisitos y condiciones para la ejecución del programa.
Dispónese un aporte estatal no reembolsable de hasta $ 15.000 (quince
mil pesos uruguayos) mensuales por cada joven que contraten las
empresas en el marco de este programa en régimen de 20 horas
semanales, con cargo al financiamiento previsto en el artículo 48 de
la presente ley.
Una vez culminado el contrato, si la empresa mantiene al joven en su
plantilla se beneficiará con la exoneración de los aportes
jubilatorios patronales a la seguridad social correspondientes a ese
contrato de trabajo mientras se continúe ese vínculo laboral. Esta
exoneración se extenderá hasta que el joven cumpla 25 años. Los montos
serán actualizados anualmente por el índice medio de salarios".
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