Fecha de Publicación: 17/11/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 291

   Los organismos públicos competentes deberán facilitar la información de la geolocalización de los radares de control de velocidad a efectos de su conocimiento por la ciudadanía en medios de comunicación institucionales.

                                INCISO 11

                    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
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