Fecha de Publicación: 17/11/2023
Página: 2
Carilla: 2

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 104

   Asígnase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", programa 283 "Deporte federado", unidad ejecutora 011 "Secretaría Nacional del Deporte", Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 591.000 "Otras transferencias corrientes", una partida anual de $ 6.000.000 (seis millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2023 y una partida por única vez de $ 12.000.000 (doce millones de pesos uruguayos), para el ejercicio 2024, a efectos de atender las erogaciones resultantes de la candidatura de nuestro país para ser sede de la Copa Mundial FIFA 2030.

   Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
Ayuda