Fecha de Publicación: 24/05/2023
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                                 Ley 20.145

Modifícase la Ley 18.566, de fecha 11 de setiembre de 2009, sobre Negociación Colectiva.
(1.405*R)

                            PODER LEGISLATIVO

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

   Agrégase un inciso final al artículo 4° de la Ley N° 18.566, de 11 de setiembre de 2009, en los siguientes términos:

      "A los efectos de lo dispuesto en el inciso precedente, las
      organizaciones de empleadores y de trabajadores deberán contar con
      personería jurídica reconocida".

   LACALLE POU LUIS; PABLO MIERES.
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