PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Agrégase al artículo 24 de la Ley N° 18.930, de 17 de julio de 2012, en la redacción dada por el artículo 215 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, el siguiente inciso: "Facúltase al Poder Ejecutivo a incorporar a la nómina referida en el inciso primero a toda otra entidad de similar naturaleza".Ayuda