Fecha de Publicación: 25/10/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 255

   Reasígnase, en el Inciso 25 "Administración Nacional de Educación Pública", desde inversiones al grupo 0 "Servicios Personales", la suma de $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos), a efectos de contribuir a la financiación de servicios personales asociados a nuevos espacios educativos.

   Autorízase al Inciso 25 "Administración Nacional de Educación Pública" a utilizar el "Fondo de Inasistencia" con destino a la financiación de servicios personales asociados a nuevos espacios educativos.

                                INCISO 26

                       UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA
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