Fecha de Publicación: 25/10/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 235

   Increméntase, en el marco de lo establecido en la Ley N° 19.580, de 22 de diciembre de 2017, "Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género", a partir del ejercicio 2019, en los Incisos, unidades ejecutoras y programas que se detallan, las siguientes partidas:

   En el Inciso 04 "Ministerio del Interior", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y represión del delito", Proyecto 121 "Igualdad de género", objeto del gasto 259.002 "Dispositivos electrónicos M Interior", para financiar el uso de dispositivos electrónicos (tobilleras), la suma de $ 25.000.000 (veinticinco millones de pesos uruguayos).

   En el Inciso 14 "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente", unidad ejecutora 002 "Dirección Nacional de Vivienda", Financiación 1.5 "Fondo Nacional de Vivienda", programa 523 "Política Nacional de Alquileres Vivienda de Interés Social", Proyecto 307 "Política Nacional Alquileres de Vivienda de Interés Social", objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", a efectos de otorgar subsidios para atender situaciones vinculadas con la "Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género", la suma de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos). Este incremento será adicional a las partidas resultantes de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 605 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

   En el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", unidad ejecutora 002 "Dirección de Desarrollo Social", programa 400 "Políticas transversales de desarrollo social", Proyecto 121 "Igualdad de género", objeto del gasto 554.000 "De Asistencia Social", para fortalecimiento de la atención de las víctimas de violencia basada en género en el interior del país, la suma de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos).

   Asígnase, en el marco de la misma ley, en el Inciso 02 "Presidencia de la República", unidad ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes", programa 481 "Política de gobierno", Proyecto 121 "Igualdad de género", objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", con destino a realizar campañas de bien público sobre temas de género, la suma de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos).

                                SECCIÓN V

                    ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA
                       CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA

                                INCISO 16

                              PODER JUDICIAL
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