Fecha de Publicación: 10/01/2018
Página: 21
Carilla: 21

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                 Ley 19.570

Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas por la Declaración de la UNESCO: "El Candombe y su espacio socio cultural: una práctica comunitaria".
(19*R)

                            PODER LEGISLATIVO

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

   Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de una moneda conmemorativa de la declaración de la UNESCO "El candombe y su espacio socio cultural: una práctica comunitaria" como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI.
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