Fecha de Publicación: 03/10/2017
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 78

   Sustitúyese el artículo 73 de la Ley N° 18.250, de 6 de enero de 2008, por el siguiente:

        "ARTÍCULO 73.- El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través
        de la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación,
        tendrá a su cargo la coordinación de la política nacional de
        vinculación y retorno con la emigración. Planificará, programará
        y ejecutará dicha política en el exterior a través del Servicio
        Exterior de la República, el que considerará, en cuanto fuera
        pertinente, las sugerencias que al efecto emitan los Consejos
        Consultivos y asociaciones sin fines de lucro de carácter social,
        cultural o deportivo de compatriotas residentes en el exterior".
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