Fecha de Publicación: 03/10/2017
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 40

   Sustitúyese en el inciso primero del artículo 27 de la Ley N° 19.438, de 14 de octubre de 2016, en la Tabla IA-programa 367 "Política e Infraestructura Aeronáutica", el texto donde dice:

Cantidad
Escalafón
Grado
Denominación
Serie
3
F
4
Auxiliar III
Rampa
Por el siguiente:
Cantidad
Escalafón
Grado
Denominación
Serie
1
F
5
Auxiliar II
Servicios
1
F
4
Auxiliar III
Rampa
1
F
3
Auxiliar IV
Servicios
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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