El Instituto Antártico Uruguayo podrá recibir contribuciones de naturaleza financiera, logística y técnica que en el ámbito de su competencia sean realizadas por otros organismos del Estado y por particulares, en atención al interés nacional en el desarrollo del Programa Nacional Antártico y el sostenimiento de la actividad del país especialmente científica, en el área del Tratado Antártico.