Fecha de Publicación: 03/10/2017
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 262

   Agrégase al inciso segundo del artículo 17 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, el siguiente literal:

        "C) El resultado de comparar los premios de los juegos de azar y
        de carreras de caballos con el monto de la apuesta, exceptuándose
        la Lotería Nacional".
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