Fecha de Publicación: 03/10/2017
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 241

   Agrégase al literal E) del artículo 21 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el siguiente inciso:

        "En el caso del software dichas amortizaciones serán deducibles
        en las condiciones requeridas por los artículos 19 y 20 de este
        Título".
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