Fecha de Publicación: 03/10/2017
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 238

   Encomiéndase a la Oficina Nacional del Servicio Civil la liquidación y pago de los Incentivos de Retiro para funcionarios de la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE) existentes a la fecha de la presente ley a partir del 1° de enero de 2018, a cuyos efectos AFE transferirá la información pertinente en forma mensual.

   A efectos de dar cumplimiento al inciso precedente, reasígnase un monto de $ 150.030.508 (ciento cincuenta millones treinta mil quinientos ocho pesos uruguayos) a valores de enero de 2017, desde el Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", objeto del gasto 511.001 "Subsidio AFE", al objeto de gasto 576.045 "Incentivo Retiro Funcionarios de AFE" del Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 002 "Presidencia de la República", Financiación 1.1 "Rentas Generales".

   El monto reasignado corresponde a todos los conceptos a liquidar y se ajustará en la forma establecida para el retiro incentivado en la normativa vigente.
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