La Junta de Transparencia y Ética Pública, podrá ser beneficiaria de recursos que integran el "Fondo de Bienes Decomisados de la Junta Nacional de Drogas" creado por el artículo 125 de la Ley N° 18.046, de 24 de octubre de 2006, en la redacción dada por el artículo 48 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008.
INCISO 35
INSTITUTO NACIONAL DE INCLUSIÓN
SOCIAL ADOLESCENTE