Fecha de Publicación: 03/10/2017
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 184

   Agrégase al artículo 38 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), en la redacción dada por el artículo 47 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, y del artículo 248 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, el siguiente inciso:

        "Exceptúase, asimismo, las contrataciones celebradas por todas
        las administraciones públicas estatales cuyo objeto es la
        reparación o mantenimiento y el monto sea inferior al de la
        compra directa y cuya contratación no implique un vínculo
        permanente con el Estado".

                                INCISO 18

                             CORTE ELECTORAL
Ayuda