Fecha de Publicación: 11/11/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 352

 Facúltase a la Universidad Tecnológica (UTEC) a transferir al Laboratorio
Tecnológico del Uruguay hasta el equivalente a US$ 300.000 (trescientos
mil dólares de los Estados Unidos de América), en concepto de reintegro de
los gastos realizados en el marco de la cooperación brindada a la UTEC
para su instalación y puesta en funcionamiento.

SECCIÓN VI
OTROS INCISOS

INCISO 21
SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
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