Fecha de Publicación: 11/11/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 261

 Facúltase al Inciso 12 - "Ministerio de Salud Pública", unidad ejecutora
104 "Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Órganos", a prorrogar por hasta tres años la vigencia de los contratos
suscriptos al amparo del artículo 215 de la Ley N° 18.834, de 4 de
noviembre de 2011, a efectos de evitar acefalías e interrupciones en el
Sistema de Emergencia de la institución.
Los cuadros de suplentes y las guardias a retén contratados al amparo de
lo dispuesto por el artículo 328 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de
2008, se podrán prorrogar por hasta tres años.
La presente disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de
la presente ley.
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