Fecha de Publicación: 16/10/2013
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Carilla: 13

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 17

 (Ámbito subjetivo).- Los programas de trabajo protegido tendrán como
beneficiarios a jóvenes menores de 30 años de edad, en situación de
desempleo, pertenecientes a hogares en situación de vulnerabilidad
socio-económica.
La determinación de la situación de vulnerabilidad socio-económica se
realizará en los términos del artículo 2° de la Ley N° 18.227, de 22 de
diciembre de 2007 y su reglamentación.
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