Fecha de Publicación: 17/11/2011
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Carilla: 81

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 91

 Autorízase a la unidad ejecutora 018 "Comando General de la Armada" al
cobro de un tique por concepto de visita a los faros, dependientes del
Servicio de Balizamiento. La recaudación se destinará a gastos de
funcionamiento e inversiones. Los precios serán fijados por el Poder
Ejecutivo.
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