Fecha de Publicación: 17/11/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 251

 En las contrataciones que efectúe la Administración Nacional de Educación
Pública, en el marco de los Programas de Apoyo a la Educación Pública y de
Apoyo a la Educación Media y la Formación Docente, realizados con contrato
de préstamo o cooperación técnica, no regirá la incompatibilidad prevista
en el literal A) del artículo 10 de la presente ley.

                                INCISO 26
                       UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA
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