Fecha de Publicación: 17/11/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 244

 Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, Inciso 25, a
partir del 1° de enero de 2011, una partida presupuestal de $ 280:600.000
(doscientos ochenta millones seiscientos mil pesos uruguayos), a valores
del 1° de enero de 2011, en Servicios Personales, Financiación 1.1 Rentas
Generales, a fin de solventar las necesidades derivadas del cambio del
concepto de inversión del artículo 78 de la Ley N° 15.809, de 8 de abril
de 1986, en la redacción dada por el artículo 73 de la Ley N° 18.719, de
27 de diciembre de 2010.
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