Fecha de Publicación: 17/11/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 241

 Créanse en el Inciso 16, Poder Judicial tres cargos de Ministro de
Tribunal de Apelaciones con destino a la creación de un nuevo Tribunal de
Apelaciones del Trabajo.
Créanse los siguientes cargos con destino a dicho Tribunal:

Cantidad     Escalafón     Grado     Denominación
1            II            17        Secretario Abog.- Esc.
1            V             11        Jefe de Sección
2            V             10        Administrativo I
2            V             7         Administrativo IV
1            VI            6         Auxiliar II


El Poder Judicial comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro
de los sesenta días de promulgación de la presente ley, las reasignaciones
de créditos presupuestales a efectos de financiar los cargos que se crean
en la presente norma, así como los correspondientes gastos de
funcionamiento.

                                INCISO 25
               ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
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