Fecha de Publicación: 17/11/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 206

Facúltase al Poder Ejecutivo a autorizar al Inciso 11 "Ministerio de
Educación y Cultura", unidad ejecutora 001 "Dirección General de
Secretaría", a cobrar por concepto de horas docentes a los organismos
públicos que requieran su colaboración en el marco del Programa de
Alfabetización  Digital, de la Dirección Nacional de Centros MEC. Los
recursos percibidos solo podrán destinarse al pago de horas docentes de
los programas contratados.

                                INCISO 12
                       MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
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