Fecha de Publicación: 17/11/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 175

 Autorízase a la unidad ejecutora 005 "Dirección Nacional de Arquitectura"
del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" a percibir de
los organismos comitentes hasta el equivalente a un 2% (dos por ciento)
del importe de los respectivos contratos que ejecute por la modalidad de
contratación de obra pública con privados, con la finalidad de atender
gastos de administración, excluidas las retribuciones personales, que
irroguen dichas contrataciones. Dichos fondos constituirán Recursos de
Afectación Especial.
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