Fecha de Publicación: 17/11/2011
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Carilla: 81

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 156

 Increméntase en $ 500.000 (quinientos mil pesos uruguayos) la partida
anual destinada a la equiparación por trabajo en laboratorios de los
funcionarios de la unidad ejecutora 004 "Dirección General de Servicios
Agrícolas" del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca",
la que incluye aguinaldo y cargas legales. Simultáneamente, se disminuirán
los créditos asignados a dicha unidad ejecutora, en los objetos del gasto
141 "Combustibles derivados del petróleo", 151 "Lubricantes y otros
derivados del petróleo" y 212 "Agua", por los importes de $ 110.829
(ciento diez mil ochocientos veintinueve pesos uruguayos), $ 277.531
(doscientos setenta y siete mil quinientos treinta y un pesos uruguayos) y
$ 111.640 (ciento once mil seiscientos cuarenta pesos uruguayos),
respectivamente.
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