Fecha de Publicación: 17/11/2011
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 134

 Sustitúyese el artículo 299 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de
2010, por el siguiente:
"ARTÍCULO 299.- El Director de la Dirección General Impositiva podrá
designar hasta siete funcionarios públicos para cumplir tareas de
asesoramiento directo al jerarca, percibiendo, cuatro de ellos, una
compensación equivalente a la diferencia con el nivel de remuneración de
Encargado de Departamento y, tres de ellos, una compensación equivalente a
la diferencia con el Encargado de Sección. Tanto la designación como el
cese podrán disponerse en cualquier momento sin expresión de causa. Las
designaciones cesarán automáticamente al cesar el jerarca que las realizó.
Los funcionarios designados podrán reservar su cargo o función en el
organismo al que pertenezcan. En caso de que sean funcionarios de la
Dirección General Impositiva podrán reservar además la función de
encargatura a la que hubieren accedido por el procedimiento establecido en
el artículo 291 de la presente ley".
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