Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 94

 Asígnase en el Inciso 02 "Presidencia de la República", programa 481
"Política de Gobierno", unidad ejecutora 001 "Servicios de Apoyo de la
Presidencia de la República", una partida de $ 2.000.000 (dos millones de
pesos uruguayos), para gastos de funcionamiento en la financiación 1.2
"Recursos con Afectación Especial", con cargo al Fondo de Bienes
Decomisados de la Junta Nacional de Drogas.

La Presidencia de la República comunicará a la Contaduría General de la
Nación la desagregación de la referida partida en grupos y objetos del
gasto.
Ayuda