Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 91

 Modifícase el inciso primero del artículo 112 de la Ley N° 18.172, de 31
de agosto de 2007, el que quedará redactado de la siguiente forma:

     "Créase en la unidad ejecutora 001 "Servicios de Apoyo a la
     Presidencia de la República" del Programa 481 "Política de
     Gobierno" del Inciso 02 "Presidencia de la República", el cargo de  
     Secretario General de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos
     con carácter de cargo de particular confianza, comprendido en el
     literal c) del artículo 9° de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de
     1986, modificativas y concordantes, el que dependerá de la
     Presidencia de la República".
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