Modifícase el inciso primero del artículo 112 de la Ley N° 18.172, de 31
de agosto de 2007, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Créase en la unidad ejecutora 001 "Servicios de Apoyo a la
Presidencia de la República" del Programa 481 "Política de
Gobierno" del Inciso 02 "Presidencia de la República", el cargo de
Secretario General de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos
con carácter de cargo de particular confianza, comprendido en el
literal c) del artículo 9° de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de
1986, modificativas y concordantes, el que dependerá de la
Presidencia de la República".