PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Sustitúyese el artículo 19 de la Ley N° 18.640, de 8 de enero de 2010,
por el siguiente:
"ARTICULO 19.- El personal actualmente afectado al Plan Ceibal, que a
la fecha de promulgación de la presente ley se encontrare vinculado a
dicho programa pasará a depender funcionalmente del Centro, siempre
que medie el respectivo consentimiento".
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