PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Sustitúyese el artículo 19 de la Ley N° 18.640, de 8 de enero de 2010, por el siguiente: "ARTICULO 19.- El personal actualmente afectado al Plan Ceibal, que a la fecha de promulgación de la presente ley se encontrare vinculado a dicho programa pasará a depender funcionalmente del Centro, siempre que medie el respectivo consentimiento".Ayuda