Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 797

 Sustitúyese el literal B) del inciso segundo del artículo 17 del Título 7
del Texto Ordenado 1996, por el siguiente:

   "B) El resultado de comparar el valor en plaza con el valor fiscal de
       los bienes donados o enajenados a título gratuito, siempre que    
       aquél fuera mayor a éste".
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