Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 755

 Habilítase en el Inciso 24 "Diversos Créditos", unidad ejecutora 002
"Presidencia de la República", programa 481 "Políticas de Gobierno", una
partida anual de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos), con cargo a
la financiación 1.1 "Rentas Generales", para atender gastos de
funcionamiento e inversiones del programa "Agenda Metropolitana".
La Presidencia de la República comunicará a la Contaduría General de la
Nación y a la Oficina Nacional de Planeamiento y Presupuesto la
desagregación de la referida partida en grupos y objetos del gasto.
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