Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 753

 Habilítase en el Inciso 23 "Partidas a Reaplicar" una partida en el
objeto del gasto 099.002 "Financiación de Reestructuras", de $ 100.000.000
(cien millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales,
a partir del ejercicio 2011 que se incrementará en el mismo importe a
partir del ejercicio 2012, a efectos de financiar las reestructuras
aprobadas por el Poder Ejecutivo para los Incisos de la Administración
Central, cuyo costo no podrá exceder el 5% (cinco por ciento) de la masa
salarial.
La Contaduría General de la Nación realizará las reasignaciones
presupuestales definitivas, necesarias para dar cumplimiento de lo
dispuesto precedentemente.
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