Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 75

 Los cambios en la descripción de los proyectos de inversión, serán
autorizados por el jerarca de cada Inciso, requiriéndose para los Incisos
de la Administración Central, informe favorable de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto (OPP).
Ayuda