Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 725

 Créase en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del
Estado", programa "Atención Integral a la Salud", la unidad ejecutora 105
"Atención de Urgencia y Emergencia Prehospitalaria y Traslado" para la
cobertura de la Administración de los Servicios de Salud del Estado en
Montevideo y área metropolitana.
Transfiéranse a la citada unidad ejecutora los cargos y funciones
contratadas así como los créditos presupuestales correspondientes a la
atención de urgencia, traslados y médicos de radio incluidos en la actual
unidad ejecutora 002 "Red de Atención Primaria de Montevideo".
Asígnanse a la Administración de los Servicios de Salud del Estado,
programa "Atención Integral a la Salud", con destino a la unidad ejecutora
105 "Atención de Urgencia y Emergencia Prehospitalaria y Traslado", las
siguientes partidas: A) $ 28.340.616 (veintiocho millones trescientos
cuarenta mil seiscientos dieciséis pesos uruguayos) anuales para los años
2011 y 2012 y $ 43.969.511 (cuarenta y tres millones novecientos sesenta y
nueve mil quinientos once pesos uruguayos) anuales para los años 2013 y
2014 con destino al pago de remuneraciones; B) $ 6.313.267 (seis millones
trescientos trece mil doscientos sesenta y siete pesos uruguayos) anuales
para los años 2011 y 2012 y $ 9.206.847 (nueve millones doscientos seis
mil ochocientos cuarenta y siete pesos uruguayos) anuales para los años
2013 y 2014 con destino a gastos de funcionamiento.
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