Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 714

 Asígnase a la Administración de los Servicios de Salud del Estado una
partida de $ 27.448.986 (veintisiete millones cuatrocientos cuarenta y
ocho mil novecientos ochenta y seis pesos uruguayos) anuales, con destino
a remuneraciones de los recursos humanos asignados a la reestructura de
todo el servicio informático de dicha Administración.
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