Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 713

 Asígnase al Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del
Estado", financiación 1.1 "Rentas Generales", grupo 0, una partida de $
180.000.000 (ciento ochenta millones de pesos uruguayos) para el ejercicio
2010 y de $ 271.000.000 (doscientos setenta y un millones de pesos
uruguayos) anuales a partir del año 2011, a efectos de incrementar el pago
por mayor horario que perciben los funcionarios de la Administración de
los Servicios de Salud del Estado.
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