Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 677

 Asígnanse al Inciso 25 "Administración Nacional de Educación Pública" los
créditos presupuestales, en moneda nacional, financiación "Rentas
Generales", discriminados por año, según el siguiente detalle, y con
destino a financiar los costos adicionales asociados a la implementación
del nuevo "Instituto Terciario Superior" y de acuerdo con lo establecido
por los artículos 87 y 88 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008:

                        2011         2012          2013        2014
Retribuciones
Personales         12.889.900     26.939.890     28.152.186  28.996.751
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