Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 671

 Asígnanse al Inciso 25 "Administración Nacional de Educación Pública", en
las financiaciones que se indican para los ejercicios 2011 a 2014, las
siguientes partidas presupuestales para mantener los niveles de ejecución:

Tipo de gasto       Fin. 1.1     Fin. 1.2     Fin. 2.1         Total
                     RR.GG.       R.A.E       End. Ext.
Retribuciones 19.324.782.206    29.940.031            0   19.354.722.237
G. Corrientes  1.427.472.216 1.104.606.650            0    2.531.435.831 
Inversiones    1.519.172.288    48.979.000  438.800.629    2.006.951.917
TOTAL         22.271.426.710 1.183.525.681  438.800.629   23.893.109.985
   
La Administración Nacional de Educación Pública distribuirá los montos
otorgados entre sus programas presupuestales, por grupo de gasto, lo cual
comunicará al Tribunal de Cuentas, al Ministerio de Economía y Finanzas, a
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Asamblea General dentro de
los ciento veinte días del inicio de cada ejercicio.
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