Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 656

 Increméntanse en el Inciso 18 "Corte Electoral" las siguientes partidas,
en moneda nacional, en el proyecto 972 "Informática" del programa 485
"Registro Cívico y Justicia Electoral", financiación 1.1 "Rentas
Generales", según el siguiente detalle:

Proyecto          2011         2012         2013          2014
972            4.000.000     440.000     1.100.000     5.000.000

Habilítase adicionalmente en el mismo programa, y con cargo a la misma
fuente de financiamiento, una partida anual de $ 30.000.000 (treinta
millones de pesos uruguayos) en el objeto de gasto 749 "Otras Partidas a
Reaplicar", a los efectos de atender los gastos de funcionamiento que
demande la informatización del Registro Electoral. Dentro de los noventa
días de iniciado el ejercicio, la Corte Electoral deberá comunicar a la
Contaduría General de la Nación, la distribución de dicha partida, entre
los conceptos de remuneraciones personales y otros gastos corrientes.
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