Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 641

 Créanse en el Poder Judicial a partir del 1° de enero de 2011, un cargo
de "Director de Departamento", grado 14 del escalafón IV "Especializado",
un "Jefe de Sección" escalafón V "Administrativo", con destino a la
creación de un Departamento de Centros de Mediación de todo el país.
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