Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 634

 Asígnase al Inciso 16 "Poder Judicial" una partida adicional a los
créditos presupuestales de Servicios Personales, financiación 1.1 "Rentas
Generales", por un monto total de $ 1.147.024 (un millón ciento cuarenta y
siete mil veinticuatro pesos uruguayos) con destino al aumento de grado 13
a 14 del cargo de "Inspector de Juzgados de Paz" y a la transformación de
dieciocho cargos de "Actuario Adjunto" en "Actuario Juzgado de Paz",
pasando de grado 12 a 13 en el escalafón II " Profesional". El cargo de
"Actuario Juzgado de Paz" estará comprendido en el régimen de dedicación
total establecido por el numeral 5) del artículo 510 de la Ley N° 15.809,
de 8 de abril de 1986, con la redacción dada por el artículo 393 de la Ley
N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el
artículo 411 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008.
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