Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 60

 Sustitúyese el artículo 313 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996,
por el siguiente:

     "ARTICULO 313.- La designación de los cargos de Director Nacional de
Hidrografía, Director Nacional de Transporte y Director General de
Transporte por Carretera, deberá recaer en personas de notoria solvencia y
conocimiento en la materia, lo que se expresará en la resolución
correspondiente".
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