PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
En el diseño, la elaboración, la ejecución y el seguimiento de las políticas públicas a cargo de los organismos del Presupuesto Nacional será de aplicación lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 18.104, de 15 de marzo de 2007 y por el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos. SECCION II FUNCIONARIOSAyuda