Créase en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", la unidad ejecutora
105 "Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud", quien
tendrá dentro de sus cometidos:
A) Brindar soporte técnico y administrativo a los procesos de
implementación del Sistema Nacional Integrado de Salud y
asesoramiento en temas de su especialidad.
B) Efectuar el seguimiento a los Contratos de Gestión y las Metas
Asistenciales que la Junta Nacional de Salud establezca con los
prestadores financiados por el Seguro Nacional de Salud.
C) Controlar la calidad de los servicios y los procesos asistenciales
brindados en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud.
D) Estudiar los proyectos de ampliación de servicios y los planes de
desarrollo institucional, en el marco de las prioridades
asistenciales que fija el Ministerio de Salud Pública y en el marco
de lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley N° 18.211, de 5 de
diciembre de 2007.
E) Fomentar la participación social.
F) Realizar los estudios económicos necesarios para la ampliación,
desarrollo y regulación del Seguro Nacional de Salud.
G) Propender al desarrollo de los recursos humanos necesarios para el
nuevo modelo de atención que requiere el Sistema Nacional Integrado
de Salud.