Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 570

 Créase la Red Nacional de Donación y Trasplante en los Efectores Públicos
y Privados del Sistema Nacional Integrado de Salud, con el objetivo de
aumentar el número de donantes para trasplantes a través de la procuración
de órganos, tejidos y células. El Poder Ejecutivo reglamentará su
funcionamiento.
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