Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 515

 Increméntase en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura",
programa 281 "Institucionalidad Cultural", unidad ejecutora 012 "Dirección
de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo", financiación 1.1
"Rentas Generales", el objeto del gasto 299 "Otros servicios no personales
no incluidos en los anteriores" en un importe anual de $ 3.000.000 (tres
millones de pesos uruguayos).
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