Establécese que si al 1° de enero de 2011, aún quedan concursos sin
culminar conforme a lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley N° 18.046,
de 24 de octubre de 2006, y por el artículo 26 de la Ley N° 18.172, de 31
de agosto de 2007, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas quedará
facultado para proceder -sin más trámite- a la regularización
presupuestal de los ex funcionarios contratados permanentes sobre los
cuales aún no haya recaído resolución de regularización en el grado de
ingreso del respectivo escalafón.