PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Incorpóranse al artículo 8° de la Ley N° 16.320, de 1° de noviembre de 1992, a los Directores Nacionales de Hidrografía, Arquitectura, Topografía y Planificación y Logística del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", suprimiéndose la referencia en la misma norma al Director Nacional de Transporte del mismo Inciso.Ayuda