Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 452

 Transfiérese la competencia asignada a la Dirección Nacional de Deporte
en materia de gestión y administración del Centro de Recuperación "Casa de
Gardel" al Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del
Estado", a cuyos efectos se traspasarán los recursos humanos, materiales y
financieros destinados a tal fin en el Inciso 09 "Ministerio de Turismo y
Deporte", unidad ejecutora 002 "Dirección Nacional de Deporte" (anterior
programa 002). El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, a
propuesta de los organismos involucrados.
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